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Horario: martes, jueves y viernes, de 9:00 a 12:00 y de 13:30 a 17:00; sábados, de 9:00 a 12:00

Condiciones generales

Artículo 1. Aplicabilidad

  1. Las condiciones se aplican a todas nuestras ofertas y transacciones.
  2. No se aplicarán otras condiciones a menos que hayamos aceptado expresamente por escrito su aplicabilidad.
  3. Las disposiciones de estas condiciones no se aplicarán si resultara que entran en conflicto con alguna disposición legal de la legislación actual o futura. Si una disposición fuera nula por este motivo en determinadas circunstancias, se aplicará la normativa que nos resulte más favorable y el resto de disposiciones seguirán en pleno vigor

Artículo 2 Ofertas, formalización

  1. Nuestras ofertas no son vinculantes. Si en la oferta se establece un plazo, este solo sirve para obligar al comprador. Podemos revocar nuestra oferta en un plazo de 2 días tras recibir la aceptación.
  2. Salvo la posibilidad de revocación prevista en el párrafo anterior, el contrato se perfecciona en el momento en que hayamos recibido del comprador una aceptación oportuna, por escrito y que se ajuste plenamente a la oferta.
  3. Asimismo, el contrato se perfecciona cuando entregamos los productos de acuerdo con el albarán de entrega o la factura correspondiente.
  4. El contenido de folletos, material impreso, etc. no nos vincula, a menos que se haga referencia expresa a ello en el contrato.

Artículo 3 Precios

  1. Tenemos derecho a repercutir los aumentos razonables de los costes. Informaremos al comprador por escrito de esta repercusión.
  2. Salvo que se acuerde expresamente lo contrario, nuestros precios son franco almacén en el momento de la entrega y todos los gastos de transporte, seguros, IVA y otros impuestos, así como los demás gastos, correrán a cargo del comprador.

Artículo 4 Lugar y plazo de entrega

  1. Para todas las transacciones y en cualquier circunstancia, incluso en caso de entrega a portes pagados, se considera nuestro almacén como lugar de entrega. Se considera fecha de entrega la fecha en que se realiza el envío, salvo en el caso de los artículos recogidos, para los que se toma como fecha la del albarán de entrega.
  2. El riesgo de la mercancía entregada recae siempre en el comprador tras la entrega.
  3. Tenemos derecho a entregar un pedido en su totalidad o, sucesivamente, en partes y, en este último caso, a facturar cada entrega parcial por separado al comprador y a exigir su pago. En caso de que el comprador incumpla el pago de una entrega parcial, tenemos derecho a considerar rescindido el contrato, en la medida en que aún no lo hayamos ejecutado, sin intervención judicial y sin necesidad de notificar el incumplimiento al comprador, sin perjuicio de nuestro derecho a una indemnización por daños y perjuicios.
  4. Los plazos de entrega son aproximados. En caso de retraso en la entrega, el comprador deberá notificarnos por escrito el incumplimiento y concedernos un plazo razonable para cumplir con nuestra obligación de entrega, sin que el comprador y/o terceros puedan hacer valer frente a nosotros ningún derecho a indemnización por daños y perjuicios. Este apartado no se aplica si se trata de un incumplimiento, ya sea permanente o no, que no nos sea imputable, tal y como se contempla en el art. 10.
  5. Si, una vez transcurrido el plazo de entrega, el comprador no ha recogido la mercancía, esta se almacenará por su cuenta y riesgo.

Artículo 5 Reserva de propiedad y derecho de prenda sin desplazamiento

  1. Todos los productos que te hayamos entregado, independientemente de dónde se encuentren, seguirán siendo de nuestra propiedad hasta que hayas pagado el precio de compra, incrementado en su caso con intereses y gastos, y hayas liquidado el resto de nuestras reclamaciones relacionadas con tu incumplimiento del contrato.
  2. Mientras no haya liquidado la deuda mencionada, el comprador no tendrá derecho a constituir un derecho de prenda o un derecho de prenda sin desplazamiento sobre los bienes que te hayamos entregado y se compromete, frente a terceros que quieran constituir tal derecho sobre ellos, a declarar, a primera solicitud nuestra, que no está facultado para confirmar un derecho de prenda o un derecho de prenda sin desplazamiento.
  3. Cuando el comprador utilice los bienes que te hayamos entregado, sobre los que se aplica una reserva de propiedad, para crear un nuevo bien, actuará por encargo nuestro y conservará dicho bien en nuestro nombre. Solo se convertirá en propietario en el momento en que la reserva de propiedad quede sin efecto porque ya se hayan pagado todas nuestras deudas.
  4. En la medida en que tengamos otras reclamaciones contra el comprador además de las mencionadas en el apartado 1 y le hayamos entregado bienes sobre los que no pesa ninguna reserva de propiedad, el comprador constituirá a nuestro favor un derecho de prenda sin desplazamiento sobre dichos bienes como garantía del cumplimiento de sus obligaciones, y nosotros aceptaremos dicho derecho de prenda sin desplazamiento. El comprador firmará, a nuestra primera solicitud, una escritura de constitución del derecho de prenda. Se comprometerá a garantizar que está facultado para pignorar los bienes y que, aparte de nuestros derechos, no pesan sobre ellos ninguna prenda ni derechos limitados.
  5. El comprador tiene derecho a revender o transformar de forma habitual todos los bienes sujetos al derecho de prenda sin desplazamiento en el marco del ejercicio normal de su actividad comercial.
  6. Si el comprador revende el bien, podremos obligarle a constituir a nuestro favor un derecho de prenda tácito sobre el crédito que le corresponda por la venta.
  7. El comprador tratará los bienes a los que se refiere este artículo con la diligencia debida. Asegurará los bienes contra todo tipo de siniestros por el valor de la factura. A nuestra primera solicitud, en la medida en que no haya surgido ya de pleno derecho, el comprador constituirá a nuestro favor un derecho de prenda tácito sobre sus derechos al respecto frente a las aseguradoras. El comprador no está autorizado a constituir a favor de terceros un derecho de prenda tácito sobre sus derechos frente al asegurado.
  8. Si terceros hacen valer derechos sobre bienes sobre los que pesa una reserva de propiedad en virtud de este artículo, el comprador está obligado a informarnos por escrito de dicha reclamación en un plazo de 48 horas desde el momento en que se haga valer, en forma escrita de dicha(s) reclamación(es); de lo contrario, el comprador deberá pagar una multa equivalente al 10 % del importe pendiente de pago de todas las entregas pendientes de pago en conjunto.
  9. Tenemos derecho, sin necesidad de notificación previa, a recuperar nuestros bienes si no se ha pagado la totalidad en la fecha de vencimiento, y el comprador nos autoriza, en la medida en que sea necesario, a acceder mediante este contrato al espacio donde se almacenan dichos bienes.

Artículo 6 Garantía

Tenemos derecho en todo momento a exigir al comprador una garantía para el cumplimiento de sus obligaciones. Si el comprador se niega o no proporciona la garantía en el plazo que te hayamos fijado, tenemos derecho a rescindir el contrato mediante notificación por escrito. En la medida en que ya te hayamos entregado mercancías, estarás obligado a devolvérnoslas en un plazo de 5 días laborables a partir de la notificación. Además, estará obligado a indemnizarnos por todos los daños y perjuicios que suframos como consecuencia de su negativa o incumplimiento.

 

 

Artículo 7 Pago

  1. El pago deberá efectuarse, salvo que nos hayamos apartado expresamente de ello mediante confirmación por escrito, a más tardar en un plazo de 14 días a partir de la fecha de la factura.
  2. Los pagos deben realizarse sin gastos, sin ningún descuento ni compensación, a menos que el comprador desee compensar sus créditos líquidos contra nosotros en virtud de un derecho que le asista por ley y nos lo haya comunicado por escrito en un plazo de 7 días a partir de la fecha de nuestra factura.
  3. Los pagos válidos solo pueden realizarse mediante transferencia a nuestra cuenta bancaria, a nuestras cuentas en proveedores de pagos o en efectivo en caja.
  4. Los pagos se destinarán siempre en primer lugar al pago de los gastos adeudados, después al pago de los intereses y, a continuación, al pago de las facturas vencidas por orden de antigüedad, incluso si el comprador indica que su pago se refiere a otras facturas y/o deudas.
  5. Si el comprador no paga a tiempo, incurrirá en mora sin que sea necesaria una notificación de incumplimiento y tendremos derecho a cobrarle una indemnización por pérdida de intereses, equivalente al tipo de interés legal, con un mínimo del 10 % anual si el tipo de interés legal es inferior al 10 %, calculándose los intereses de una parte del mes como un mes completo.
  6. Además, tenemos derecho a reclamar al comprador, además del importe principal y los intereses, un 5 % en concepto de gastos de administración sobre el importe de la deuda, así como todos los gastos extrajudiciales ocasionados por el impago o el retraso en el pago. Los gastos extrajudiciales correrán a cargo del comprador, en cualquier caso cuando hayamos recurrido a la ayuda de un tercero para el cobro. Se calcularán de acuerdo con la tarifa de cobro de la Orden de Abogados de los Países Bajos. El mero hecho de que hayamos recurrido a la ayuda de terceros demuestra la cuantía y la obligación de pago de los gastos extrajudiciales.
  7. En caso de impago (o de retraso en el pago), así como en una situación de suspensión de pagos, quiebra o liquidación de la empresa del comprador, este tendrá la obligación de ponernos a nuestra disposición, a primera solicitud, los artículos entregados por nosotros que aún estén en su poder, tanto los pagados como los pendientes de pago. El importe total adeudado por el comprador, más los intereses y los gastos mencionados en este artículo, será exigible de inmediato si se da alguno de los casos previstos en este artículo, mientras que nosotros quedaremos exentos de cualquier obligación frente al comprador y este último estará obligado a indemnizarnos.
  8. Las entregas al extranjero se realizarán exclusivamente previo pago por adelantado.

Artículo 8 Garantía

  1. Tras la entrega, garantizamos durante el periodo de garantía de fábrica la calidad de los productos que hemos suministrado y de los materiales utilizados para su fabricación, siempre que los productos se utilicen con el cuidado habitual, de acuerdo con nuestras instrucciones y para el fin para el que han sido fabricados.
  2. En el caso de piezas de montaje propio, solo se ofrece garantía si se demuestra la competencia necesaria.
  3. Nuestra obligación de garantía se limita a la mejora o sustitución del producto y consiste en la misma garantía que para la entrega o servicio original, hasta el vencimiento del plazo de garantía de fábrica originalmente vigente.

Artículo 9 Reclamaciones o quejas

  1. Las reclamaciones relativas a defectos visibles y a defectos ocultos fácilmente detectables deben presentarse por escrito en un plazo de 8 días tras la entrega del producto.
  2. Las reclamaciones relativas a defectos ocultos que no sean fáciles de detectar deben presentarse por escrito en un plazo de 8 días tras la detección del defecto y, en cualquier caso, dentro del plazo de la garantía de fábrica.
  3. El comprador perderá todos los derechos y facultades que le asistían por motivos de defectos si no ha presentado la reclamación dentro del plazo de garantía mencionado anteriormente y/o no nos ha dado la oportunidad de subsanar los defectos.
  4. Si la reclamación del comprador resulta justificada, podremos, a nuestra elección, sustituir los artículos o las piezas de los mismos a los que se refiere la reclamación, o reembolsar al comprador. Quedan excluidas otras reclamaciones, en particular las de indemnización por daños y perjuicios.
  5. Los artículos solo se nos pueden devolver si hemos dado nuestro consentimiento por escrito tanto a la devolución como a la forma de envío. Los artículos deben enviarse a portes pagados y el riesgo es del comprador.
  6. Las reclamaciones no pueden en ningún caso suspender las obligaciones de pago del comprador.
  7. Las reclamaciones sobre las facturas deben presentarse por escrito en un plazo de 8 días tras la recepción de la factura.

Artículo 10. Incumplimiento no imputable

  1. Si no podemos cumplir con nuestras obligaciones debido a un incumplimiento permanente que no nos sea imputable, tenemos derecho a rescindir el contrato, total o parcialmente, en un plazo razonable mediante declaración por escrito, sin que estemos obligados a pagar indemnización alguna al comprador, ni a reembolsarle ningún beneficio que haya obtenido.
  2. Por incumplimiento no imputable en el apartado 1 se entiende, entre otras cosas: interrupción de la actividad empresarial, falta de materias primas y auxiliares, incendio, huelgas, cierres patronales, sabotajes, disturbios, movilizaciones, guerra, amenaza de guerra, estado de guerra, estado de sitio, cortes de tráfico, inundaciones, formación de hielo y otros retrasos en los medios de transporte, medidas gubernamentales, sin que estemos obligados a demostrar su influencia en el impedimento o el retraso. Este incumplimiento no imputable también se aplica en caso de que encarguemos lo vendido a terceros y estos, por cualquier motivo, incumplan con la entrega.
  3. En caso de incumplimiento no imputable, tenemos derecho a suspender la ejecución durante un máximo de 3 meses, sin que estemos obligados a indemnizar al comprador por ningún daño o pérdida de beneficios.

Artículo 11 Rescisión

En todos los casos en que rescindamos un contrato con el comprador mediante una declaración por escrito, este estará obligado a indemnizarnos por todos los daños, gastos y lucro cesante, y a devolvernos los productos que ya le hayamos entregado. Los productos seguirán siendo responsabilidad del comprador hasta que los hayamos recibido y aprobado. La obligación de indemnizar por daños y lucro cesante no se aplica si hemos rescindido el contrato en virtud de lo dispuesto en el art. 10 debido a un incumplimiento permanente que no nos sea imputable.

 

 

Artículo 12. Litigios

Todos los litigios serán resueltos por el juez con competencia exclusiva de nuestra sede social, salvo que, en virtud de lo dispuesto en el art. 100 del Código de Procedimiento Civil, sea competente otro juez de primera instancia.

 

 

Artículo 13. Ley aplicable

A todos los contratos se les aplica la legislación neerlandesa.

 

 

Artículo 14 Modificaciones

Tenemos derecho a modificar estas Condiciones Generales. La versión modificada entrará en vigor en la fecha indicada en la resolución de modificación. Informaremos por escrito de la modificación a los compradores que conozcamos en el momento de la modificación.

 

 

Van de Ven Onderdelen Verkoop en Reparatie

Helenaveenseweg 18
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Países Bajos
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Registro Mercantil 12028058
N.º de IVA: NL001503723B06

Todos los precios incluyen el 21 % de IVA y no incluyen los gastos de envío

 

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